Las iniciativas engloban diversas áreas y han sido impulsadas en diferentes momentos. No obstante, todas han generado debates similares y comparten un hilo conductor: la disminución de la participación de actores externos en decisiones que anteriormente contaban con mayores niveles de control, consulta o participación.
El primer hito importante fue el decreto 780/2024, que reformó la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública. Dicho decreto restringió el concepto de “información pública”, excluyendo de la obligación de respuesta aquellos datos considerados de “naturaleza privada” o que no posean un “interés público comprometido”, especialmente en lo referido a la esfera personal del funcionario.
El Club Político Argentino manifestó que “la vaguedad de esta restricción es un verdadero cheque en blanco para ocultar lo que incomode”. Asimismo, Poder Ciudadano advirtió que “la información se presume pública y el secreto es la excepción”. En un dictamen anterior que fundamentó estos cambios, el entonces Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, argumentó que debían rechazarse solicitudes de información sobre asuntos que consideró “banales”, como los detalles de los perros del Presidente en la quinta de Olivos.
Además, el decreto excluyó de las solicitudes ciudadanas documentos preparatorios, deliberaciones internas y material de trabajo de la administración. También introdujo el principio de “buena fe” en el ejercicio del derecho de acceso a la información, permitiendo sanciones ante lo que el Estado considere un uso abusivo de esta herramienta. Según el Gobierno, los cambios buscan evitar pedidos recurrentes o irrazonables que puedan entorpecer el funcionamiento administrativo.
A finales de 2025, se implementó una reforma significativa del sistema de inteligencia mediante el decreto 941/2025. Esta norma reorganizó la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), le otorgó nuevas facultades de coordinación en diferentes áreas del sistema y amplió las opciones de acceso e intercambio de información entre organismos públicos.
El decreto estableció que todas las actividades de inteligencia son de “carácter encubierto”, habilitó el cruce de bases de datos estatales y facultó a los agentes de inteligencia a “aprehender” personas durante sus actividades o en casos de delitos en flagrancia. También introdujo términos amplios como “influencia” o “interferencia” en la definición de amenazas a la seguridad.
La reforma fue objeto de críticas por parte de especialistas en derecho constitucional y organizaciones defensoras de libertades civiles, quienes alertaron sobre la discrecionalidad de las nuevas facultades otorgadas y la amplitud de algunas definiciones.
El debate más reciente tuvo lugar en el Congreso con el proyecto oficial de regulación de la gestión de intereses, conocido como ley de lobby. Aunque el Gobierno presentó esta iniciativa como una medida para transparentar las reuniones entre funcionarios y representantes de intereses particulares, muchos de los convocados para el debate cuestionaron el alcance del mismo.
El proyecto plantea un registro obligatorio de gestiones de intereses y la creación de la figura del “principal extranjero” para identificar a quienes actúan en representación de intereses financiados desde el exterior. Además, propone una definición amplia de gestión de intereses que podría abarcar tanto a empresas como a organizaciones sociales, asociaciones civiles y entidades sin fines de lucro.
Durante las reuniones en Diputados, representantes de ONGs, universidades, cámaras empresariales y organizaciones de la sociedad civil coincidieron en que el proyecto corre el riesgo de “criminalizar” la participación ciudadana o de someterla a un esquema de “participación vigilada”. Además, cuestionaron que se equipare la representación de causas sociales o humanitarias con actividades tradicionales de lobby empresarial.
En junio del presente año, la Comisión de Supervisión Parlamentaria de la Oficina de Presupuesto del Congreso aprobó una resolución que limita la capacidad de la Oficina para elaborar informes extraordinarios sin previa autorización. Esta medida establece que determinados trabajos técnicos deben ser aprobados por la comisión de supervisión y modifica aspectos sobre la planificación de actividades y la administración interna del organismo.
El debate surgió tras la elaboración de estimaciones por parte de la Oficina que contradijeron los cálculos difundidos por el Gobierno en relación con diferentes proyectos vinculados a jubilaciones y discapacidad. Uno de sus informes fue incluso citado por el Poder Judicial para exigir el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario.
Críticos, incluidos miembros de la oposición y expertos en información estadística, sostienen que esta resolución restringe el acceso de los legisladores a información técnica independiente y fortalece la dependencia respecto de los datos proporcionados por el Poder Ejecutivo.
El caso más reciente lo constituye el decreto 467/2026, que alteró el procedimiento para la selección de candidatos a la Corte Suprema y jueces de instancias inferiores. La principal modificación fue la eliminación del mecanismo de observaciones ciudadanas ante el Ministerio de Justicia antes de la nominación presidencial.
Hasta el momento, universidades, colegios profesionales, organizaciones civiles y ciudadanos podían presentar sus apoyos u objeciones referentes a los postulantes antes de que el Poder Ejecutivo formalizara una candidatura. La justificación del Gobierno fue que esta etapa redundaba en duplicar mecanismos de control que luego ejerce el Senado durante el tratamiento de los pliegos.
La nueva norma también suprimió referencias a criterios de diversidad de género, representación regional y especialización jurídica que debían ser considerados en el proceso de selección.
Organizaciones de la sociedad civil y constitucionalistas afirman que esta reforma disminuye los controles previos sobre las nominaciones, eliminando una instancia de participación que funcionó durante más de dos décadas. Desde el Gobierno se sostiene que estas reformas buscan simplificar procedimientos, evitar superposiciones y mejorar la eficiencia del Estado.






