El descubrimiento provocó una crisis dentro de la Armada y dio paso a una segunda etapa que la cúpula militar desea resolver con celeridad. El 16 de septiembre, un día después de presentar la denuncia penal, el jefe del Estado Mayor General de la fuerza, almirante Juan Carlos Romay, decidió apartar de sus funciones a todos los militares involucrados en el caso, abriendo un procedimiento disciplinario por una falta considerada “gravísima”. Este proceso se lleva a cabo bajo el Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas y puede culminar en una sanción severa para los militares implicados: la destitución, lo que conlleva la pérdida definitiva del grado y la expulsión de la institución.
La decisión de separar a los militares fue resultante de una investigación interna realizada por la propia Armada, que identificó 645 acreditaciones indebidas a 23 beneficiarios, por un total histórico de $981.148.567,88, entre julio de 2022 y enero de 2026. Este alarmante hallazgo llegó a las manos del ministro de Defensa, teniente general Carlos Alberto Presti, quien ordenó que se iniciaran todas las acciones necesarias y que se separaran las responsabilidades individuales de la institución.
El desarrollo de la investigación interna ha sido reconstruido a partir de fuentes que siguen de cerca el caso. Los testimonios recabados permiten entender cómo se descubrieron las irregularidades, de qué modo se usaban fondos destinados a salarios, qué vulnerabilidades informáticas facilitaron los pagos, y qué decisiones resultaron claves para identificar a los beneficiarios y preservar la evidencia entregada posteriormente a la Justicia.
Una de las revelaciones más significativas es que el comienzo de los desvíos coincide con un cambio administrativo en el Departamento Revista, centro de estas irregularidades. Atanasoff había trabajado durante aproximadamente dos años en esta repartición y ocupaba el cargo de responsable de una división relacionada con la liquidación de salarios. En julio de 2022, cuando su predecesor dejó el cargo, él asumió la dirección del departamento, momento en el cual empezaron a aparecer las primeras acreditaciones irregulares. En el período inmediatamente anterior a su nombramiento, no se habían detectado operaciones con las características que luego se identificarían.
Los investigadores notaron esta coincidencia al revisar los archivos bancarios mes a mes. La revisión permitió encontrar las primeras acreditaciones irregulares en julio de 2022, justo cuando Atanasoff asumió el mando. Anteriormente, no se había observado ningún tipo de operación de este calibre.
La cúpula naval, según se ha podido establecer, considera que el descubrimiento de esta maniobra requiere una respuesta disciplinaria que sea independiente de las posibles consecuencias penales que puedan derivar de la investigación judicial. Comprobando la magnitud del hallazgo, Romay decidió apartar de sus funciones de forma sumaria a los militares implicados y activar el procedimiento que prevé la Ley 26.394, la cual regula el Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas.
Fuentes familiarizadas con el caso han indicado que la Armada busca ser rápida en la determinación de responsabilidades, con la destitución apareciendo como el desenlace disciplinario más drástico que se contempla para las conductas más graves. Sin embargo, también se advirtió que la medida no puede aplicarse automáticamente; cada involucra debe atravesar por el procedimiento correspondiente, que incluye conocer las imputaciones, poder ejercer su defensa, y recibir una respuesta fundamentada.
El régimen disciplinario militar distingue tres categorías de faltas: leves, graves y gravísimas. Las dos primeras pueden estar sujetas a sanciones tales como apercibimientos o diferentes modalidades de arresto. Sin embargo, las faltas gravísimas pueden culminar en la expulsión definitiva de las Fuerzas Armadas.
El contexto que se analiza en este caso es la posible comisión de un delito en el ejercicio de funciones militares, lo cual está previsto en el artículo 13, inciso 23, del Anexo IV de la Ley 26.394. Este código establece que las faltas gravísimas deben ser sancionadas con destitución, aunque excepcionalmente puede existir la posibilidad de que, ante circunstancias extraordinarias de atenuación, el órgano disciplinario opine por una sanción menos severa. Esta posibilidad debe ser evaluada de manera individual y no modifica la decisión de la cúpula militar de avanzar con la aplicación de la máxima severidad permitida por las actuaciones.
La destitución acarrea consecuencias definitivas para la carrera de un militar. El artículo 19 del Código estipula que ello implica la pérdida del grado, la baja de la Armada y la imposibilidad de recuperar el estatus militar, salvo el cumplimiento de las leyes generales que apliquen como ciudadano. En términos concretos, un capitán destituido deja de pertenecer a la Armada, pierde su jerarquía y cese en sus funciones, lo cual es fundamentalmente distinto del relevo preventivo, de un pase a disponibilidad, o de una suspensión de funciones mientras se lleva a cabo una investigación.
El procedimiento que se inició la semana pasada conlleva varias instancias que deben cumplirse antes de alcanzar una decisión final. La primera etapa consistió en la investigación administrativa realizada por la propia fuerza bajo el Reglamento de Actuaciones Administrativas Militares (REAAM). Esta revisión permitió esclarecer lo sucedido, identificar las acreditaciones irregulares, convocar a personas conectadas con los hechos, tomar declaraciones y reunir documentación bancaria y digital.
Las actuaciones administrativas utilizadas por la Armada formaron la base para la posterior denuncia penal. Sin embargo, no equivalen al procedimiento disciplinario que ahora se debe establecer para identificar la responsabilidad individual de cada militar. La nueva fase ha comenzado con una instrucción por una falta gravísima. Para llevarla a cabo, se designará a un oficial auditor instructor, un abogado militar que examinará los hechos, recolectará pruebas pertinentes, y determinará si hay suficientes elementos para solicitar la intervención del órgano disciplinario competente.
De acuerdo a informaciones recabadas, la Armada ya ha avanzado en la designación de un abogado militar que se encargará de esta instrucción. A partir de esta etapa se desarrollará el procedimiento que permitirá definir las sanciones correspondientes.
Los militares incluidos en la investigación tienen derecho a conocer los hechos que se les imputa, designar un abogado defensor, hacer uso de los mecanismos de asistencia previstos por el régimen militar, presentar sus defensas y aportar pruebas en su favor. La investigación interna ha logrado reunir una cantidad significativa de documentación, pero esas garantías deberán ser respetadas de todos modos durante la instrucción disciplinaria.
El artículo 31 del Código establece un plazo máximo de seis meses para que el oficial auditor instructor complete su trabajo y presente un informe final. La reglamentación aclara que dicho plazo es indicativo y que el procedimiento debe desarrollarse en el menor tiempo posible.
Se estima dentro de la Armada que el caso podría resolverse antes de que se agote ese plazo, ya que ya existe una investigación administrativa finalizada, cientos de transferencias bancarias identificadas, documentación resguardada y declaraciones recogidas que forman parte de las actuaciones.
Sin embargo, las fuentes consultadas evitaron ofrecer una fecha definitiva. Durante la instrucción podrían surgir nuevas pruebas, explicaciones o cuestiones que necesiten verificaciones adicionales.
Una vez que se concluya con el trabajo, el oficial auditor tiene la obligación de presentar un informe con sus conclusiones. Si considera que hay elementos para sostener la existencia de una falta gravísima, las actuaciones serán elevadas al órgano disciplinario competente.
El Código contempla la participación de Consejos de Disciplina y Consejos Generales de Disciplina, dependiendo de la jerarquía del militar y las características del caso. Para las faltas gravísimas atribuidas a oficiales superiores, como un capitán de navío, la ley establece que es el Consejo General de Disciplina de la fuerza el responsable de la evaluación.
Una vez que el consejo esté para resolver, se llevará a cabo una audiencia donde se revisarán las pruebas y se escucharán las posturas del instructor y de la defensa. En este campo, se permitirá la intervención de testigos, la formulación de preguntas, la presentación de documentación, y el análisis de los elementos reunidos durante la indagación.
Después del debate, se dictará una resolución fundamentada. En caso de que se determine que ha habido una falta gravísima y no existan circunstancias extraordinarias que justifiquen otra respuesta, la sanción prevista será la destitución.
Tal decisión podrá revisarse a través de los recursos establecidos en la legislación militar. El régimen prevé una posibilidad de apelación dentro de la estructura disciplinaria y la opción de un control judicial sobre las sanciones por faltas gravísimas.
La cúpula de la Armada pretende que este procedimiento se desarrolle con rapidez, aunque los consultados enfatizan que la prioridad es emitir decisiones válidas formalmente, notificadas a los involucrados y respaldadas por las evidencias correspondientes.
Mientras tanto, el expediente penal llevará su propio curso. La Justicia Federal deberá resolver si hubo delitos y qué responsabilidad corresponde a cada militar, civil o particular involucrado. La Armada puede avanzar en la resolución de responsabilidades disciplinarias sin necesidad de esperar una sentencia penal firme.
El Departamento Revista es responsable de gestionar la liquidación de los haberes de aproximadamente 24.500 personas. El volumen mensual destinado al pago de salarios asciende hoy a cerca de $65.000 millones.
La magnitud de estos movimientos ayuda a entender una de las particularidades del caso: los investigadores hallaron 23 beneficiarios de acreditaciones indebidas dentro de un universo de más de 24.000 destinatarios de pagos legítimos.
Según explicaron fuentes versadas en el funcionamiento del sistema, las operaciones irregulares representaban una proporción relativamente baja del total del movimiento de fondos. Sin embargo, su reiteración a lo largo de más de tres años conllevó a la acumulación de una suma cercana a los $1.000 millones.
El Departamento Revista recibía periódicamente información de la Dirección de Personal y de diversas unidades de la fuerza. Altas y bajas, retiros y fallecimientos, cambios de destino y suplementos salariales alimentaban un sistema que necesitaba actualización constante.
En términos generales, las liquidaciones comenzaban a prepararse entre los días cinco y diez de cada mes. Aproximadamente el día 20 se cerraban los cálculos y se iniciaba el procedimiento para ordenar las acreditaciones bancarias.
No obstante, el fin de la liquidación no implica que desaparezcan las novedades.
Si una persona dejará de tener derecho a percibir total o parcialmente el importe inicialmente previsto, el pago debe bloquearse. Estos bloqueos son procesos normales y los fondos que quedan disponibles deben retornar posteriormente a la Tesorería de la Armada.
La investigación interna ha corroborado que una parte de esos remanentes temporales era aprovechada para realizar pagos que carecían de respaldo en liquidaciones de salarios legítimos.
La maniobra prevalecía en dos variantes. En algunos casos, se incrementaba el importe que recibiría una persona que, efectivamente, percibía haberes de la Armada; en otros, se incorporaban cuentas bancarias de personas ajenas a la institución.
El mecanismo se apoyaba en una característica específica del procedimiento informático.
Una vez generada la liquidación, el sistema creaba archivos en formato TXT que contenían los registros necesarios para ordenar las transferencias al Banco de la Nación Argentina.
Estos archivos podían abrirse y editarse manualmente. Además, por las características operativas de la transmisión bancaria, era habitual que los responsables dividieran la información en diferentes lotes antes de su envío.
La investigación determinó que las alteraciones se realizaban precisamente en esa etapa: después de los controles ordinarios sobre la liquidación, pero antes de la remisión definitiva de los archivos al banco.
Para beneficiar a alguien que ya cobraba un salario, se modificaba temporalmente el importe a acreditar. Para agregar a una persona totalmente ajena a la fuerza, se sumaba un nuevo registro con sus datos identificatorios y una cuenta bancaria.
La orden se mezclaba, de esa manera, con los miles de pagos legítimos que la Armada enviaba mes a mes.
El sistema contaba además con una segunda fase que dificultaba la detección posterior de las diferencias.
Después de elaborar los archivos destinados a las acreditaciones, ciertos registros se devolvían a sus valores originales. Así, el importe que realmente se transfería podía ser superior al que figuraba posteriormente en el recibo de haberes publicado para el beneficiario.
La maniobra ocurría en una etapa posterior a los controles habituales sobre los salarios. Por lo tanto, las liquidaciones que se empleaban para otros registros administrativos y presupuestarios no necesariamente reflejaban el dinero que eventualmente ingresaba en determinadas cuentas.
La comparación entre las liquidaciones originales, los recibos publicados, las distintas versiones de los archivos bancarios y las confirmaciones de las transferencias permitió reconstruir esas discrepancias.
La teniente que detectó las primeras cinco irregularidades estaba llevando a cabo una revisión rutinaria de los haberes correspondientes a enero.
Los casos involucraban a agentes que cumplían funciones dentro del propio Departamento Revista y que habían recibido suplementos que excedían lo que les correspondía.
La oficial informó sobre lo ocurrido a una autoridad superior, dado que en ese instante no estaban disponibles los mandos a los que normalmente debía comunicar una noticia de esta naturaleza.
Uno de los superiores estaba de licencia, otro había sido trasladado, y Atanasoff tampoco estaba presente.
El episodio se evaluó inicialmente como un posible error en la carga de datos. Los cinco beneficiarios devolvieron los importes y ninguna acreditación indebida fue hallada durante la revisión de la cuenta personal de Atanasoff.
La falta de otros elementos llevó a considerar que podría tratarse de una inconsistencia administrativa. Sin embargo, el hecho de que todos los beneficiarios pertenecieran al área responsable de liquidar los salarios motivó una decisión que luego resultaría fundamental.
En marzo, la Armada separó las funciones que hasta entonces habían estado concentradas en el Departamento Revista.
La dependencia continuó confeccionando las liquidaciones, pero Tesorería asumió ahora la tramitación de las acreditaciones ante el Banco Nación. Por su parte, Contabilidad comenzó a realizar de manera independiente la conciliación de la cuenta utilizada para el pago de los haberes.
Se introdujo también una fase de transmisión de información mediante un sistema de Gestión Documental Electrónica, que aumentó la trazabilidad de las operaciones.
Hasta ese momento, el Departamento Revista había operado con una considerable autonomía. Se encargaba de la elaboración de las liquidaciones y participaba en la transmisión bancaria de los pagos.
Este cambio permitió a otras dependencias verificar parte del procedimiento antes de finalizar las acreditaciones.
La teniente que había detectado las primeras irregularidades continuó su trabajo en el Departamento Revista y realizó controles sobre periodos anteriores.
Las fuentes consultadas aclararon que su intervención no se debió a una denuncia como arrepentida ni a una decisión de abandonar alguna supuesta organización irregular. La oficial simplemente estaba llevando a cabo sus tareas habituales cuando notó las inconsistencias.
El punto de inflexión se produjo varios meses después.
Entre el 19 y el 20 de agosto, durante una revisión de acreditaciones correspondientes a periodos pasados, la misma oficial encontró un pago a nombre de María del Carmen Prieto.
Reconoció que se trataba de la esposa de Atanasoff, su jefe durante los años anteriores.
Prieto no pertenecía a la Armada y carecía de una liquidación de haberes que justificara su transferencia.
Hasta ese momento, los investigadores habían analizado anomalías que podían tener una explicación administrativa. La aparición de una persona ajena a la fuerza, con un vínculo familiar con el responsable del área, introdujo el primer elemento que conectaba personalmente al jefe del Departamento Revista con los pagos cuestionados. Y la reacción fue inmediata.
Atanasoff fue relevado preventivamente y se ordenó que no accediera a la dependencia mientras avanzaba la investigación. También se apartó temporalmente de la tarea de transmisión de archivos a un agente civil que tenía acceso a las computadoras utilizadas para enviar las órdenes de pago al Banco Nación.
La decisión fue motivada por la necesidad de preservar los equipos informáticos y evitar eventuales alteraciones de los registros, aunque no implicó, por sí misma, una atribución de responsabilidad a esa empleada.
Personal de sistemas resguardó las computadoras utilizadas en el circuito y comenzó un relevamiento integral.
El 20 de agosto se generó el primer informe interno sobre el hallazgo y el relevo preventivo de Atanasoff.
En ese momento, las autoridades aún desconocían la magnitud de lo que estaba por revelarse.
A partir de entonces, se organizó una revisión de los periodos anteriores y se estableció cuán atrás había comenzado la operatoria.
Los investigadores empezaron a retroceder mes a mes, comparando los archivos usados para acreditar los salarios con las liquidaciones correspondientes a cada integrante de la Armada.
Este procedimiento permitió detectar diferencias reiteradas y localizar cuentas que figuraban como receptoras de dinero pese a que sus titulares no tenían ninguna liquidación legítima.
La revisión se extendió hasta julio de 2022, lo que permitió delimitar el periodo que se había denunciado inicialmente.
Fue en ese momento que se observó la coincidencia con la llegada de Atanasoff a la jefatura del Departamento Revista.
La investigación finalmente identificó a 23 beneficiarios de acreditaciones indebidas. Entre ellos se encontraban personal militar activo, empleados civiles, y cuatro personas que no tenían ninguna relación laboral con la Armada.
Estas últimas absorbieron una parte significativa del dinero desviado. Las cuatro personas externas recibieron 184 acreditaciones por un total de $434.200.718,04, que equivalen al 44,25% del monto histórico total de las operaciones detectadas.
Prieto fue la mayor beneficiaria individual, con 46 acreditaciones que sumaban $152.259.495,86.
Otros beneficiarios externos identificados en la denuncia incluyen a Damián Andrés Santana, quien recibió 47 acreditaciones por $99.496.225,47, y a Amalia Cristina Díaz, con 46 pagos que sumaron $91.978.048,38.
Una de las teorías que se investiga es si existían vínculos personales entre Atanasoff y quienes recibieron dinero sin pertenecer a la institución.
La relación matrimonial con Prieto está documentada. En cuanto a los otros beneficiarios, las fuentes consultadas señalaron que la investigación administrativa recoge el reconocimiento de Atanasoff sobre las acreditaciones a esas personas, aunque aún debe determinarse con precisión cuál era el vínculo con cada una.
El oficial fue convocado a declarar durante las actuaciones internas. Según se documenta en la denuncia penal, reconoció conocer las acreditaciones a favor de las cuatro personas externas, y manifestó que se efectuaban manualmente.
Además, dijo que era él quien decidía sobre las operaciones, los beneficiarios y los montos, con la finalidad de favorecerlos económicamente.
De acuerdo con la documentación administrativa, Atanasoff aseguró que realizaba personalmente las modificaciones y que no había más personas involucradas en la adopción de esas decisiones.
La Justicia deberá ahora determinar el alcance de esa declaración y establecer si había otros miembros de la Armada o civiles que conocieran, facilitaran o participaran del esquema.
También se investigará qué sucedió con el dinero tras las acreditaciones.
Se ha documentado la existencia de transferencias bancarias a las cuentas de los beneficiarios. Sin embargo, aún falta determinar si los receptores mantuvieron la totalidad de los fondos, hicieron movimientos posteriores o tenían acuerdos con otros individuos.
Hasta el momento, las actuaciones administrativas no han permitido corroborar un mecanismo general de retornos. Ninguno de los declarantes ha admitido haber entregado porcentajes de las sumas recibidas a Atanasoff.
La posible existencia de movimientos posteriores o de acuerdos entre los beneficiarios y el exjefe del Departamento Revista será uno de los ítems que se examinarán judicialmente.
Dentro de los beneficiarios identificados, hay nueve militares activos: ocho capitanes de corbeta y un suboficial.
A ellos se suma Atanasoff, capitán de navío, destacado como responsable de las operaciones. En total, son diez militares los implicados en las actuaciones disciplinarias.
Según fuentes consultadas, el suboficial incluido en la investigación se encuentra actualmente en una misión en Brasil.
Los uniformados que recibieron acreditaciones indebidas no pertenecían todos al Departamento Revista. Algunos habían pasado por esa dependencia en sus carreras, mientras que otros estaban asignados a diferentes destinos.
Los investigadores buscan determinar qué relaciones profesionales existían entre los beneficiarios y Atanasoff, así como si esos vínculos facilitaron las acreditaciones y qué conocimiento tenía cada uno sobre el origen del dinero.
Entre los mencionados en la denuncia se encuentra el capitán de Corbeta Contador Roberto Eduardo Castro, quien recibió acreditaciones en Argentina durante periodos en los que estaba percibiendo haberes correspondientes a un destino en el exterior. La peculiaridad de su caso es que el sistema excluye automáticamente a quienes se encuentran destinados fuera del país de los archivos empleados para los pagos locales.
Según la reconstrucción interna, los montos recibidos dentro del país no reflejaban una segunda liquidación legítima, sino que eran registros incorporados mediante procedimientos no automáticos.
Además, se encontraron acreditaciones a su esposa, Luana Magalí Piedigrossi, quien es agente civil de la Armada, durante momentos en que estaba de licencia sin goce de haberes.
La denuncia menciona también a los capitanes de Corbeta Contadores Ariel Vicente Gallo, Cristian Sebastián Lobato y Juan Carlos Barrios. Estos tres, junto con Castro, realizaron transferencias para restituir sumas que habían percibido en exceso con los haberes correspondientes a enero de 2026.
Otros tres oficiales, los capitanes de Corbeta Gerardo Horacio Heredia, Anabela Alejandra Farias y Mathías Agustín Pieroni, devolvieron, el 11 de septiembre, la totalidad de las sumas que habían recibido indebidamente.
Las explicaciones de los beneficiarios no han sido uniformes.
Algunos militares alegaron durante las actuaciones administrativas que habían considerado las acreditaciones superiores a sus haberes como potenciales errores bancarios. Según la información analizada por los investigadores, hubo casos en los que las diferencias representaban un porcentaje relativamente bajo del salario, mientras que en otros los montos adicionales se acercaban a la remuneración mensual.
Entre algunos perceptores civiles aparecieron referencias a pedidos de asistencia económica o anticipos salariales solicitados al entonces jefe del Departamento Revista.
Las explicaciones se incorporaron a las actuaciones administrativas. Su valoración estará a cargo tanto de la investigación disciplinaria como de la Justicia Federal.
La devolución de los fondos es otro elemento que deberá ser analizado individualmente. Hasta el momento de la denuncia se habían restituido $42.574.267,63.
Por lo tanto, del monto histórico de $981.148.567,88, quedaba una diferencia de $938.574.300,25.
Las autoridades de la Armada consideran que las restituciones no afectan la cuantificación de las operaciones detectadas: permiten establecer cuánto dinero fue recuperado, pero no aclaran por sí solas las responsabilidades de quienes recibieron los pagos.
La investigación interna concluyó su primera etapa el 14 de septiembre, tras reunir los informes técnicos, planillas de acreditaciones, registros bancarios y declaraciones administrativas.
Al día siguiente, el capitán de Navío Contador Carlos Alberto Castro Maggio, jefe de Administración Financiera de la Armada, formalizó la denuncia penal.
Esta presentación puso a disposición de la Justicia la documentación recopilada durante la investigación y los equipos informáticos que habían sido asegurados cuando se descubrió la vinculación de Atanasoff con las acreditaciones.
El 16 de septiembre, Romay dispuso el apartamiento de los militares indigados por las actuaciones y el inicio de la instrucción disciplinaria por una falta considerada gravísima.
La decisión fue una respuesta a la instrucción dada por Presti para proseguir con las sanciones internas pertinentes.
Al mismo tiempo, la causa penal comenzó a avanzar en los tribunales federales.
El fiscal Ramiro González impulsó formalmente la investigación y solicitó al juez Sebastián Ramos una serie de medidas destinadas a verificar el circuito que la Armada reconstruyó.
Entre estas medidas se incluyen los legajos personales de los implicados, la nómina de quienes trabajaron en el Departamento Revista durante el periodo investigado, y documentación complementaria del Banco Nación.
La Fiscalía también requirió una pericia informática sobre las computadoras aseguradas por la fuerza. El objetivo es identificar qué usuarios accedieron a los equipos, qué archivos fueron modificados y en qué momentos se introdujeron las alteraciones que permitieron los pagos indebidos.
Otra medida solicitada fue la declaración testimonial del capitán de Corbeta Contador Mauricio Fernando Borda, jefe de la División Contabilidad Presupuestaria, quien participó del relevamiento interno que permitió detectar las inconsistencias.
Atanasoff, por su parte, se presentó a la Justicia con un abogado para ejercer su defensa y acceder a las actuaciones.
La investigación judicial comprende, en su fase inicial, a 24 personas. La diferencia entre este número y los 23 beneficiarios identificados por la Armada se debe a que Atanasoff figura como posible responsable del esquema, a pesar de no aparecer como receptor directo de acreditaciones indebidas dentro de la reconstrucción original.
La Justicia deberá concluir si actuó solo, como manifestó durante las actuaciones administrativas, o si hubo otras personas que intervinieron en la preparación, modificación, control y transmisión de los archivos.
También tendrá que determinar qué sucedió con los fondos después de las transferencias y cuál fue el grado de conocimiento y participación de cada beneficiario.
La investigación realizada por la propia Armada permitió reconstruir un mecanismo que funcionó durante más de tres años, identificar a los receptores del dinero y preservar los elementos que ahora serán examinados judicialmente.
El descubrimiento, sin embargo, comenzó mucho antes de que se revelaran las cifras millonarias y los nombres de los involucrados. Todo inició con una teniente que encontró cinco suplementos mal liquidados y, ante la ausencia de sus superiores, reportó directamente una irregularidad que inicialmente parecía menor.
Meses después, la misma oficial detectó un pago a nombre de la esposa del jefe del Departamento Revista. Ese hallazgo terminó por exponer una presunta trama de complicidades que, según la investigación interna, comenzó cuando Atanasoff asumió la dirección del área en julio de 2022.
Esta secuencia desembocó en una denuncia penal, en actuaciones disciplinarias contra diez militares, y en una investigación judicial que pretende establecer cómo fue posible desviar casi $1.000 millones dentro del circuito destinado a pagar los sueldos de más de 24.000 integrantes de la Armada Argentina.






