El fallo determinó una compensación de $4.180.000 por daño moral y psicológico, además de una multa por daño punitivo, que corresponderá a una canasta y media básica total establecida por el INDEC, cuyo monto se definirá cuando la resolución sea firme.
El incidente tuvo lugar el 14 de julio de 2023, cuando la mujer, con antecedentes de fibrosis intersticial y disnea crónica, asistió al laboratorio para realizarse un análisis de rutina. Días más tarde, al revisar el informe, quedó consternada al encontrar que se le diagnosticaba anemia severa, leucopenia y trombocitopenia, un diagnóstico que se confirmó erróneo posteriormente.
El expediente revela que la paciente atravesó una crisis emocional significativa y buscó una evaluación adicional en otro laboratorio. Allí, una bioquímica no solo descartó el diagnóstico inicial, sino que también identificó fallas técnicas en el análisis realizado previamente.
El juicio estableció que el error ocurrió debido a una coagulación de la muestra en la fase preanalítica, lo que afectó los resultados del equipo hematológico. A pesar de que el laboratorio admitió la falla y propuso una compensación económica, la mujer la rechazó al considerarla insuficiente.
La evaluación psicológica determinó que la experiencia le generó un cuadro de ansiedad persistente, reavivó temores previos y afectó su vida diaria, llegando a evitar realizarse exámenes médicos en Mar del Plata por la desconfianza resultante.
El juez Bernardo Marcos Diez argumentó que existió una relación de consumo, y consideró que el laboratorio no cumplió con su responsabilidad de ofrecer un servicio diligente y seguro.
En el fallo se enfatizó que la emisión de informes científicos implica una “obligación de resultado”, por lo que el laboratorio debía hacerse cargo de los daños causados por el error.
La indemnización se desglosa en $2.500.000 por daño moral y $1.680.000 por daño psicológico, sumando un total de $4.180.000, además de intereses y gastos judiciales.
Finalmente, para el cálculo de los intereses, se aplicará una tasa pura del 6% anual desde la fecha del análisis erróneo hasta la sentencia, y desde ese momento, la tasa activa del Banco Provincia hasta que se realice el pago efectivo.






