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Arroyo Salgado fuera: Caso $LIBRA pasa a Comodoro Py

10 abril, 2025
in Política
Arroyo Salgado fuera: Caso $LIBRA pasa a Comodoro Py

Argentine federal judge Sandra Arroyo Salgado, ex-wife of late prosecutor Alberto Nisman, leaves on February 13, 2015, the Torre del Boulevard at Le Parc residential complex in Puerto Madero, Buenos Aires, where Nisman lived, after a raid by prosecutor Viviana Fein (not in frame). Nisman, the lead prosecutor in the two-decade-old AMIA attack case, was found dead with a gunshot wound to the head in his home on January 18 -- one day before he was to go before a congressional hearing to accuse Kirchner of shielding Iranian officials implicated in the attack which left dozens dead. AFP PHOTO AFP PHOTO / Juan Mabromata / AFP PHOTO / JUAN MABROMATA

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La Cámara Federal de San Martín dispuso que la causa $LIBRA que lleva adelante la jueza de San Isidro Sandra Arroyo Salgado pase a los tribunales de Comodoro Py y se acumule al expediente a cargo de la jueza María Servini en juzgado federal N° 1 de CABA. El tribunal resolvió así un conflicto de competencia entre ambas magistradas que tenían a su cargo el caso originado por el posteo del presidente Javier Milei que difundió la criptomoneda

El fallo, firmado por el juez Juan Pablo Salas, hace lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y revoca la resolución de Arroyo Salgado. El magistrado consideró que los hechos denunciados no solo ocurrieron en la Ciudad de Buenos Aires –“entre otros sitios, se indicó la Casa Rosada”–, sino que también podrían configurar delitos graves contra la administración pública, como cohecho, tráfico de influencias e incumplimiento de deberes de funcionario. El razonamiento subraya la necesidad de evitar fragmentar la investigación, lo que podría conducir a duplicidades o a la pérdida de coherencia en la investigación, especialmente cuando existen hechos conexos denunciados en distintos territorios.

“La justicia federal de CABA es la que se encuentra actualmente en mejor posición para investigar de manera integral el objeto procesal de los expedientes”, sostuvo el fallo. Y agregó que en Comodoro Py ya se delegó la instrucción en la fiscalía, se impulsó la acción penal. A pedido del fiscal Eduardo Taiano se comenzaron a producir medidas de prueba, algo que no ocurrió en San Isidro, donde “el fiscal no impulsó de modo concreto y explícito la acción penal”.

La Cámara también criticó la postura adoptada por Arroyo Salgado, al señalar que su juzgado simplificó “un escenario que aparenta ser complejo, que podría estar abarcado por diversos sucesos e intervenciones ejecutados en distintos lugares y tiempos”, y que no se limitan a la publicación de un tuit, como ella había considerado.

“El razonamiento del juzgado excluyó otros hechos que la fiscalía integró al expediente”, advirtió Salas, quien también rechazó los antecedentes jurisprudenciales citados por Arroyo Salgado para sostener su competencia. “Ni siquiera los precedentes jurisprudenciales citados pueden ser tenidos como referentes para adoptar aquí una decisión”, remató.

Por todo ello, el expediente FSM 1937/2025 será remitido al juzgado de Servini y acumulado a la causa CFP 574/2025. La decisión marca un revés para Arroyo Salgado y ordena concentrar la investigación en Comodoro Py.

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