Publicada en el Boletín Oficial, esta medida modifica los artículos 29, 62 y 63 de la Ley 25.871. Según lo expresado por el Poder Ejecutivo, su finalidad es fortalecer las herramientas estatales para salvaguardar “al pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional” frente a comportamientos que se consideran incompatibles con la convivencia democrática.
En los fundamentos del decreto, el Ejecutivo señala que en años recientes “han aumentado considerablemente los mensajes de odio y actos de hostilidad y menosprecio dirigidos específicamente contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional”. Con base en este diagnóstico, se considera vital impedir el ingreso o la permanencia de extranjeros que hayan incurrido en dicho tipo de acciones.
El DNU introduce un nuevo inciso al artículo 29 de la ley de Migraciones, delineando las causales por las cuales se puede rechazar el ingreso de un extranjero al país. Estas mismas causales se han incorporado al artículo 62 de la normativa, y podrán ser aplicadas igualmente para revocar la residencia de un extranjero que ya se encuentre en el territorio argentino. En esos casos, la ley prevé la intimación a abandonar el país o la expulsión, dependiendo de las particularidades de cada situación.
La redacción del DNU no incluye una lista específica de expresiones o comportamientos que constituyan un agravio hacia los argentinos. Más bien, hace uso de términos generales como “mensajes de odio”, “actos de hostilidad y menosprecio”, “incitación a la violencia” y “ultraje a los símbolos patrios”. Esto sugiere que no se definen ejemplos concretos de qué tipo de expresiones estarían contempladas, dejando su interpretación a la discreción de las autoridades migratorias y, posiblemente, bajo revisión judicial.
Simultáneamente, el decreto incorpora una cláusula destinada a proteger la libertad de expresión. En ese sentido, se aclara que las expresiones de disenso ideológico ni las críticas de orden político, académico o ciudadano no podrán ser consideradas causales de inadmisión o expulsión, siempre que se trate de un ejercicio legítimo de los derechos consagrados por la Constitución Nacional.
COMUNICADO OFICIAL
La Oficina del Presidente ha dado a conocer que el Presidente Javier G. Milei ha signé un Decreto de Necesidad y Urgencia que establece como causal de prohibición de ingreso y expulsión del territorio nacional a todo extranjero que dirija o incite mensajes de odio, discriminación y/o violencia en contra del pueblo argentino o sus ciudadanos, así como el ultraje a los símbolos patrios.
Ante las recientes manifestaciones de agresividad hacia la República Argentina y sus habitantes, el Gobierno Nacional reafirma que la defensa de la Nación, sus ciudadanos y sus símbolos es irrenunciable. Quien ataque a la República Argentina no será bienvenido en el país.






